No llama la atención que Alan García apoye la propuesta fujimorista de hacer que cualquier profesional pueda ejercer el magisterio, pues esa propuesta sólo puede venir de quien no es un especialista idóneo y que sólo tiene el objetivo subalterno de destruir al SUTEP, pues no lo pueden hacer dentro del mismo sector profesional magisterial.
Y, en efecto, Alan García no puede demostrar ser un especialista idóneo de su profesión, la abogacía, porque en la práctica nunca la ejerció, ni lo puede hacer teóricamente, porque cada vez que lanza propuestas jurídicas lo hace, siempre, de la forma más impertinente imaginable.
Veamos sólo su última propuesta de “pena de muerte a los terroristas” que es el segundo capítulo de su no menos aberrante “pena de muerte a los asesinos violadores de niños menores de siete años”. Ambos capítulos del mismo bodrio no hacen sino agraviar la sindéresis del Derecho. Empecemos por el segundo. Esa propuesta de pena de muerte, en realidad, no apunta a eliminar el delito principal de la violación, porque éste sólo sería sancionable siempre y cuando haya muerte del niño menor de siete años; porque si el violador no mata al niño, pues no se le aplicará la pena, y si lo mata y no lo viola tampoco, porque la propuesta dice: “pena de muerte a los violadores que asesinan a niños menores de siete años”.
Y en el primer caso: la pena de muerte a los terroristas. Resulta que su proyecto de ley fue archivado en el Congreso. Pero Alan García, como esos niños caprichosos a quienes sus padres les prohíben dibujar en las paredes de la casa, se empecina en su atentado contra el decoro legal, y relanza su propuesta: para que sea sometida a referéndum. Desbarrando, otra vez, patinando de nuevo. Y esta vez de manera más delirante. Porque el tema de la “pena de muerte” no puede ser sometido a referéndum, en tanto así está establecido en la Constitución Política del Estado que, en el último párrafo del Artículo 32º, dice: “No pueden someterse a referéndum la supresión o la disminución de los derechos fundamentales de la persona (…) ni los tratados internacionales en vigor.”
Y, obviamente, la vida es un derecho fundamental de la persona y en el caso de los peruanos no está en duda que dejen de ser personas por el solo hecho de ser acusados de “terroristas”. Nada garantiza que, con esa “pena”, no se mate a una persona peruana porque es “acusada de terrorista”, si el mismo García sigue calificando de “terroristas” a personas que -después de asesinadas- se ha demostrado que no lo eran. Y lo fundamental del caso es que para someter a referéndum esa descabellada propuesta, primero se tendría que despojar a todos los terroristas no sólo de la nacionalidad peruana sino también de su calidad de personas. Y, por último, si la no aplicación de la pena de muerte es parte de un ‘tratado internacional en vigor’, se convierte en un tema que tampoco puede ser sometido a referéndum.
Si se pudiera dar el caso que al abogado Alan García se le ocurriera ingresar al magisterio, ¿se podría someter a referéndum su idoneidad pedagógica, cuando está demostrando no ser idóneo ni en su propia profesión de leguleyo?
Y no hay que perder de vista que entre los temas que no están prohibidos de ser sometidos a referéndum está la permanencia en el cargo de Presidente de la República cuando éste demuestra tener tan pocos méritos para serlo.